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Consideraciones a tener en cuenta para la impugnación de un testamento El reparto de una herencia no es un asunto fácil, sobre todo porque muchas veces los herederos no están de acuerdo con los designios realizados por parte del testador. Cuando se presentan inconformidades por parte de los herederos, o se sospecha de condiciones impropias a la hora de que el testador escribiera su testamento, existe la posibilidad de impugnarlo. La impugnación de un testamento tampoco es un trámite fácil ni económico, pero puede traer excelentes beneficios a quienes crean que se les han vulnerado los derechos.

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10 de February de 2022
  • General

 La pensión compensatoria y la prestación de alimentos son dos tipos de pensiones diferentes, cada una de ellas con una finalidad propia y con presupuestos de aplicación diferentes. Así, la pensión compensatoria no tiene carácter alimenticio pues: 1º.- La pensión alimenticia se entiende como la derivada del artículo 142 del Código Civil  y siguientes. 2º.- La pensión compensatoria es la derivada del art. 97 CC  y exige como presupuesto para su concesión la existencia de un desequilibrio y otros factores, pues con ella no se trata de conseguir una igualdad aritmética de patrimonios sino evitar que, como consecuencia de la ruptura, uno de los cónyuges no quede en una situación manifiestamente injusta frente a las circunstancias anteriores.       Según algunas sentencias, la pensión compensatoria no es en modo alguno equiparable a alimentos, sino que su única finalidad es la de propiciar el reequilibrio económico de ambos cónyuges por razón de la separación y estableciendo para ello un período de tiempo que permita llegar a un estado económico más equilibrado, pero que en modo alguno se da igual al que existía constante matrimonio. Completamente distinto a la pensión compensatoria es el caso de los alimentos. La pensión de alimentos trata de asegurar la efectividad y acomodación de las prestaciones a las circunstancias económicas y necesidades del alimentista. Como pensión de alimentos no puede considerarse contribución a las cargas del matrimonio.   Consulte con nuestros Abogados de Familia en cualquiera de nuestros Despachos de Madrid para cualquier cuestión relacionada con pensión compensatoria o alimentos  

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08 de February de 2022
  • General

Tay y como establecen los arts. 81 y 86 CC se encuentran  legitimados para pedir la separación o el divorcio cualquiera de los cónyuges, de forma individual, uno con el consentimiento del otro o conjuntamente. A diferencia de la nulidad, el Ministerio Fiscal no está legitimado para solicitar la separación o el divorcio, y tampoco lo están otras personas que pudieran tener interés en ello. En cuanto a los incapaces, tal y como se establece por el TC en sentencia de 18.12.2000la legitimación del tutor del incapaz para solicitar la separación o el divorcio, así como las medidas cautelares y definitivas que regulen la situación familiar, aunque se trate de derechos personalísimos, concretándose que ello reside en el derecho a la tutela judicial efectiva y a la igualdad entre los cónyuges.  La separación matrimonial y la acción judicial, que constituye el medio para obtenerla, vienen a satisfacer un interés legítimo de defensa de los cónyuges frente a la situación de convivencia matrimonial. Ha de entenderse que habiendo desaparecido las causas de separación (el Art. 82 CC ha que- dado sin contenido por la reforma operada en el Código Civil por la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio) basta con que la situación de convivencia matrimonial les resulte prejudicial a cualquiera de los cónyuges para ejercitar la acción de separación matrimonial una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio.   Consulta con nuestros Abogados de Familia especialistas en divorcio

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05 de February de 2022
  • General

 Los efectos y medidas acordados en el Auto resolutorio del procedimiento de medidas previas a la admisión de la demanda de separación, divorcio o nulidad, sólo subsisten si, dentro de los treinta días siguientes a su adopción, se presenta la demanda matrimonial de que se trate, según dispone elart. 771.5 LEC .

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08 de September de 2021
  • General

Cuando dos personas toman la decisión de formalizar su unión, pero no desean que sea a través del matrimonio convencional, hablamos de parejas de hecho. Conocer cuáles son las ventajas y desventajas de esta unión, con respecto a las del matrimonio, es fundamental para poder tomar la decisión más correcta según las creencias y deseos de cada pareja.

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26 de April de 2021
  • General
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