Especialistas en pensión alimentaria

El derecho de alimentos es como tradicionalmente se ha denominado en nuestro Código Civil a la obligación de proporcionar determinada ayuda surgida del hecho del parentesco.

  • Cuantía de la prestación alimenticia
  • Exigibilidad de la prestación alimenticia
  • Procedimiento judicial
  • Contrato de alimentos
Alimentos entre parientes

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Reclamación de alimentos

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Cuantía del alimento entre parientes

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Concepto de alimentos entre parientes

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Despacho de expertos abogados pensión de alimentos en Madrid.

El artículo 142 del Código Civil fija como& pensión de alimentos “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aún después, cuando no haya terminado su formación por causa que no sea imputable”.

Los criterios para determinar la cantidad que ha de establecerse como pensión de alimentos serán:

- Las necesidades de los hijos.

Para ello hay que tener en cuenta los gastos de vida que los hijos han tenido durante el matrimonio:

  • Si han ido o no a un colegio privado
  • Si han tenido o no clases extraordinarias
  • Los gastos de comida, ropa, zapatos y complementos.
  • La existencia de una cuidadora o empleada de hogar
  • Etc.
Alimentos entre parientes

– Las posibilidades del progenitor no custodio.

Por otro lado, en julio de 2013, el Consejo General del Poder Judicial ha elaborado unas tablas orientadoras para determinar las pensiones alimenticias de los hijos.

No obstante, se excluye de la pensión de alimentos y se consideran gastos extraordinarios los que por no producirse regularmente no pueden ser incluidos en la pensión de alimentos, pues solo se abonarán si efectivamente se producen.

Así, los más habituales son los gastos médicos no cubiertos por la Seguridad Social (ortodoncias, ortopedias, alergologías, gafas, plantillas,…) o los educativos imprevisibles (profesores de apoyo, viajes escolares).

Si tiene cualquier duda, nuestros expertos abogados pensión de alimentos en Madrid, le asesorará sobre sus obligaciones y le orientará sobre la posible cuantía de la misma.

Despacho de Abogados de Familia, Despacho jurídico integrado por profesionales especializados en Derecho de Familia.

El derecho de alimentos es la obligación legal de proporcionar determinada ayuda en atención al vínculo familiar. Cuando esta obligación se incumple por alguno de los miembros de la familia obligados a prestarla, o se realiza de manera incompleta, es posible reclamar su cumplimiento por quien es perjudicado por esa situación. Para ello necesitará el asesoramiento de un abogado experto en la materia.

Si necesita un abogado en Madrid, Despacho de Abogados de Familia le atenderá en su Despacho Principal ubicado en Madrid Calle Orense 48, Local.

Además de en nuestro despacho principal en Madrid, también le podemos atender en una de nuestras delegaciones en Pozuelo, Majadahonda o Las Rozas. Nos adaptamos a sus necesidades.

Consúltenos su caso y estaremos encantados de atenderle.

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